El Ministerio de Trabajo ha creado medidas adicionales para trabajadores y empleadores para así proteger y mantener vigente los contratos de trabajo durante el Estado de Emergencia por COVID-19.
Puedes conocer las medidas y alternativas para trabajadores y empleados parte I en nuestro sitio web.
A continuación explicaremos las cuatro medidas adicionales para trabajadores y empleadores que ha dispuesto el Gobierno Nacional:
Medidas adicionales para trabajadores y empleados
1. Licencia remunerada compensable
La posibilidad de que empleador y trabajador puedan concertar licencias remuneradas, en donde el trabajador suspenda sus labores de manera temporal y luego compense este tiempo de inactividad con jornadas adicionales de trabajo.
2. Modificación de la jornada laboral y concertación de salario
La posibilidad de que empleador y trabajador puedan, de manera temporal, concertar modificaciones a la jornada laboral, funciones o carga laboral y en consecuencia la remuneración salarial acordada.
Esto siempre y cuando se garantice el salario mínimo legal mensual vigente y los derechos mínimos consagrados en la ley.
3. Modificación o suspensión de beneficios extralegales
De manera concertada y temporal el empleador podrá suspender al trabajador algunos beneficios extralegales que le ha concedido por fuera de la ley y no constituyen salario.
4. Concentración de beneficios convencionales
Las organizaciones sindicales, trabajadores no sindicalizados y empleadores pueden generar espacios de diálogo donde lleguen a acuerdos extra convencionales o extra pacto, los cuales estarán vigentes durante el tiempo de anormalidad económica causada por le Estado de Emergencia por COVID-19.
Estos acuerdos temporales no pueden afectar el pago oportuno de salarios independientemente que se preste o no el servicio por teletrabajo o trabajo en casa y tampoco podrán eliminar los acuerdos de cualquier convención colectiva de trabajo.
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