Todo lo que debes saber sobre el Impuesto Solidario por COVID-19
¿Quién debe pagar este impuesto?
Deberá ser pagado por:
- Los pensionados que perciban mesadas pensionales iguales o superiores a los $10.000.000
- Los servidores públicos que devenguen salarios iguales o superiores a $10.000.000.
- Las personas naturales vinculadas mediante contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión pública que devenguen honorarios mensuales periódicos iguales o superiores a $10.000.000 en:
- La rama ejecutiva de los niveles nacional, departamental, municipal y distrital en el sector central y descentralizado.
- Las ramas legislativa y judicial; de los órganos autónomos e independientes.
- La Registraduría Nacional del Estado Civil y Consejo Nacional Electoral.
- Los organismos de control.
- Las Asambleas y Concejos Municipales y Distritales
¿Quiénes están exentos de pagarlo?
- Los miembros de la fuerza pública.
- Los trabajadores del sector salud que presten sus servicios a pacientes con sospecha o diagnóstico de COVID- 19 incluidos quienes realicen vigilancia epidemiológica.
¿Cuándo se genera el pago del Impuesto Solidario?
La obligación de pagar dicho impuesto surge una vez el servidor público, contratista del estado y pensionado reciba el pago de su salario, honorarios y mesada pensional de $10.000.000 o más.
¿Cuál es la vigencia de cobro de este impuesto?
Este impuesto será cobrado mensualmente a partir del 01 de mayo de 2020 y hasta el 31 de julio de 2020 una vez le paguen a los contribuyentes sus salarios, honorarios o mesada pensional.
¿Cómo se calcula el impuesto?
El cálculo para obtener el impuesto es el siguiente:
Salario |
Salario menor a |
Tarifa | Impuesto |
$10.000.000 | $12.500.000 | 15% | (Salario/Honorarios/Mesada Pensional menos $1.800.000) x 15% |
$12.500.000 | $15.000.000 | 16% | (Salario/Honorarios/Mesada Pensional menos $1.800.000) x 16% |
$15.000.000 | $20.000.000 | 17% | (Salario/Honorarios/Mesada Pensional menos $1.800.000) x 17% |
$20.000.000 | 20% | (Salario/Honorarios/Mesada Pensional menos $1.800.000) x 20% |
Por ejemplo, si eres un pensionado que tiene una mesada de $10.000.000 tendrás que pagar el impuesto solidario del COVID 19 por un valor de $1.230.000.
¿Cómo se recauda el impuesto?
El impuesto solidario por el COVID-19 se recaudará mediante el mecanismo de retención en la fuente y será trasladado al Fondo de Mitigación de Empresas -FOME-.
¿Los trabajadores del sector privado están obligados al pago del impuesto solidario por COVID-19?
No. El decreto no estableció la obligación para este grupo.
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