COVID 19 | Modificación de la prima de servicios y subsidio PAP

El Gobierno Nacional a través del Decreto 770  del 03 de junio del 2020 expidió una medida que modifica la prima de servicio y crea un subsidio para cumplir con esta obligación.

1. ¿Cómo se hace el primer pago de la prima de servicios de 2020?
El empleador y trabajador pueden acordar que el primer pago de la prima de servicios sea diferido en un máximo de tres cuotas con fechas de pago a más tardar el 20 de diciembre de 2020.

Subsidio para el pago de la prima de servicios

2. ¿Qué es el programa de apoyo para el pago de la prima de servicios -PAP?
Es una medida creada por el Gobierno Nacional que consiste en la entrega de un subsidio con el fin de apoyar a las empresas en el primer pago de la prima de servicios del año 2020.

3. ¿Quiénes son beneficiarios del PAP?
Las empresas que cumplan los mismos requisitos para acceder al PAEF, que son:

  • Que se hayan constituido antes del 01 de enero de 2020 y si es persona natural se tendrá en cuenta la fecha de inscripción del registro mercantil.
  • Que estén inscritos o hayan renovado el registro mercantil en el año 2019.
  • Que certifiquen una disminución mínima del 20% en sus ingresos.

Los beneficiarios deben contar con una cuenta bancaria.

4. ¿En qué casos las personas naturales no pueden acceder a los beneficios de este programa?
Las personas naturales no podrán acceder a este programa cuando:

  • Reporten menos de 3 trabajadores en el período de cotización del mes de febrero de 2020.
  • Sean Personas Expuestas Políticamente –PEP– o los cónyuges, compañeros permanentes o parientes en el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil de estas personas.

5. ¿Las entidades sin ánimo de lucro pueden recibir el auxilio económico?
Al igual que con el PAEF las entidades sin ánimo de lucro pueden ser beneficiarias del PAP siempre y cuando aporten copia del Registro Único Tributario –RUT–.
Solo podrán beneficiarse de este programa cuando estén obligadas a presentar declaración de renta o declaración de ingresos y patrimonio, así como información exógena en medios magnéticos por el año gravable 2019.

6. ¿Cómo se calcula el valor del auxilio económico otorgado por el PAP?
Inicialmente deben ser identificados los trabajadores a los cuales se les va a subsidiar el pago de la prima de servicios, que son aquellos cuya cotización a la seguridad social sea igual a un salario mínimo y no supere un millón de pesos.

Se multiplica el número de trabajadores que cumplan esta condición por la suma de $220.0000.

Solo se tendrán en cuenta el número de trabajadores que se reporten en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes- PILA en el periodo de cotización de junio de 2020 y también que estos hayan sido reportados en los periodos de abril y mayo de 2020.

7. ¿Cuál es el procedimiento para obtener el beneficio económico de este programa?
El procedimiento para obtener el beneficio económico de este programa es el mismo que el contemplado para el PAEF.
Para este caso en particular, el postulante debe presentar los siguientes documentos:

  • Formulario diligenciado y firmado por el representante legal. Se debe utilizar el que diseñe la UGPP que podrá ser el mismo que se dispuso para el PAEF y con las modificaciones que esta entidad considere necesarias.
  • Solicitud firmada por el representante legal donde manifieste la intención de ser beneficiario del programa.
  • Certificación firmada por el representante legal o la persona natural empleadora y el revisor fiscal o contador público, donde haga constar: la disminución del 20% o más en sus ingresos, y el número de primas de servicio que se subsidiarán a través del PAP.
  • RUT para las entidades sin ánimo de lucro.

8. ¿En qué fechas se debe presentar la documentación?
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público será el encargado de definir el plazo para la presentación de los documentos y podrá usar el mismo formulario que el que se definió para el PAEF.

9. ¿A qué se ve expuesto el empleador que solicita el beneficio?
Al igual que ocurre con el PAEF, la UGPP podrá verificar el cumplimiento de los requisitos por parte del beneficiario dentro de los 3 años siguientes a la finalización del PAP.

Primer pago de la prima de servicios para los beneficiarios del PAP

10. ¿Cómo opera el primer pago de la prima de servicios de 2020 para los beneficiarios del PAP?
Los beneficiarios del PAP pueden acordar con los trabajadores diferir el primer pago de la prima de servicios en 3 cuotas iguales con fecha máxima de pago 20 de diciembre de 2020.


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