La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en sentencia SL 682 del 12 de abril de 2023, recordó la responsabilidad que se genera al nuevo empleador cuando opera la sustitución patronal.
¿Qué es la sustitución patronal?
Es una figura que da continuidad a los contratos de trabajo cuando se genera el cambio de la persona o empresa que emplea a los trabajadores por otra. Para que este cambio sea efectivo debe mantenerse una identidad del negocio o actividades y de las funciones laborales que desarrollan los trabajadores.
¿En qué escenarios se genera una sustitución patronal?
- Adquisición de una sociedad ya constituida, de un establecimiento de comercio o de un negocio en marcha.
- Fusión de sociedades.
¿Qué responsabilidad tiene el nuevo empleador ante una sustitución patronal?
En los contextos de sustitución patronal, el nuevo empleador no solo asume los derechos y obligaciones contractuales del anterior empleador, sino también las deudas que el último tenía con sus trabajadores. De esta manera, el nuevo empleador responde por la totalidad de las deudas desde el inicio de la relación laboral.
¿Se limita la responsabilidad del nuevo empleador cuando hubo una sustitución patronal en el pasado?
No, el nuevo empleador responde por las deudas laborales sin importar cuantas veces se hayan generado sustituciones patronales.
En palabras del Alto Tribunal:
«En el contexto de la globalización económica y de un mercado incierto, fragmentado y altamente competitivo, las empresas son sometidas a constantes transacciones y procesos de reorganización empresarial que implican un cambio en su titularidad. La figura de la sustitución de empleadores pretende que esas operaciones de mutación en la posición empresarial, sin importar cuantas veces ocurran, no afecten la continuidad y las condiciones de las relaciones de trabajo, ni sean usadas para eludir las deudas laborales de los antiguos empresarios».
¿Cómo evaluar la conveniencia de una sustitución patronal?
Es recomendable llevar a cabo un proceso de debida diligencia de manera previa a la celebración del negocio. Esto permitirá evaluar las eventuales contingencias derivadas de la operación. Entre los aspectos a tener en cuenta se destacan:
- La antigüedad de los trabajadores.
- La existencia de acuerdos bilaterales, planes de beneficios, convenciones colectivas de trabajo y pactos colectivos.
- El pago de los aportes a la Seguridad Social, prestaciones sociales y vacaciones.
La sustitución patronal debe ser evaluada en detalle, pues asumir la posición de nuevo empleador implica toda una serie de obligaciones que pueden llegar a afectar la viabilidad del negocio, especialmente si se trata de aportes a la Seguridad Social en pensiones.