¿Cómo funciona la dotación para trabajadores durante emergencia sanitaria de COVID-19?

El empleador tiene la obligación de entregar la dotación a sus trabajadores bajo la modalidad de prestación de servicio, que devengan hasta 2 salarios mínimos, un par de zapatos y un vestido de labor cuando se hayan cumplido más de 3 meses de servicio.

La dotación debe ser utilizada por el trabajador en las labores contratadas, de no hacerlo el empleador estará eximido de entregar la dotación el siguiente periodo. 

Dotación durante COVID-19

Esta obligación no ha sido suspendida ni modificada durante la emergencia sanitaria generada por COVID-19.

Así lo ha reiterado el Ministerio de Trabajo, señalando que la obligación de entregar la dotación se mantiene vigente siempre que el trabajador se encuentre prestando sus servicios. Esta obligación es independiente de la alternativa bajo la cual se prestan los servicios (trabajo en casa, teletrabajo, jornada flexible, etc.) durante la emergencia sanitaria.  

Igualmente, MinTrabajo manifestó que la finalidad de la dotación es para uso del trabajador al realizar las labores contratadas, y por ello no es necesario suministrarla en casos donde los trabajadores no se encuentran laborando por un tiempo prolongado, como ocurre con la suspensión del contrato de trabajo o licencia remunerada.


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